¿Tu vuelo se retrasó o lo cancelaron? Calcula tu indemnización
Según el Reglamento (CE) 261/2004 puedes tener derecho a 250, 400 o 600 € por pasajero. Calcúlalo aquí y reclámalo gratis tú mismo a la aerolínea y ante AESA, o con ayuda si lo prefieres. En España tienes 5 años para reclamar.
Calculadora de indemnización EU261
Orientativa y gratuita. Aplica el Reglamento (CE) 261/2004 y la jurisprudencia del TJUE. No guarda ni envía tus datos: todo se calcula en tu navegador.
Rellena la ruta para ver el resultado.
Puedes reclamar gratis tú mismo
Primero a la aerolínea (tienes 5 años en España). Si no responde en 1 mes o no te convence, a AESA, gratis y con decisión vinculante para la aerolínea en vuelos desde el 02/06/2023. Si el vuelo no salía de España, la autoridad es la del país de salida.
AESA: inicia tu reclamación · Tu Europa (UE) · Reg. 261/2004 (EUR-Lex)
Cómo reclamar gratis, paso a pasoO que lo tramite AirHelp
Se encargan ellos de todo. Si no ganan, no pagas; si ganan, se quedan el 35 % (IVA incl.), o un 50 % si hace falta ir a juicio.
Reclamar con AirHelp (sin coste si no ganas; comisión si ganas) ↗ Enlace de afiliado · tarifas de AirHelp (30-09-2026) · comparar con otras opcionesPuedes reclamar gratis tú mismo
- Reclama a la aerolínea por su canal oficial (o con el formulario de AESA). Tienes 5 años desde el vuelo.
- Si no responde en 1 mes o no te convence, reclama gratis a AESA (plazo: 1 año desde tu reclamación a la aerolínea). Para vuelos desde el 02/06/2023 su decisión es vinculante para la aerolínea.
Derechos oficiales: Tu Europa (Comisión Europea) · AESA.
Guía paso a paso para reclamar gratis¿Prefieres que lo gestione otro?
Reclamar con AirHelp (sin coste si no ganas; comisión si ganas) ↗ Tarifa de AirHelp: 35 % de la compensación (IVA incl.) solo si gana, +15 % si hace falta acción legal. Fuente (30-09-2026). Enlace de afiliado: ver divulgación.¿Qué te ha pasado?
Guías útiles
Por aerolínea
Por aeropuerto
Preguntas frecuentes
¿Cuánto me corresponde por un vuelo retrasado o cancelado?
250 € para vuelos de hasta 1.500 km; 400 € para vuelos de más de 1.500 km dentro de la UE o de entre 1.500 y 3.500 km; 600 € para vuelos de más de 3.500 km entre la UE y un país de fuera. Es por pasajero y no depende del precio del billete (Reglamento 261/2004, art. 7).
¿Tengo que pagar para reclamar?
No. Puedes reclamar gratis a la aerolínea y, si no responde en un mes o no estás de acuerdo, ante AESA, también gratis. Las empresas de reclamación son opcionales y cobran un porcentaje si ganan.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar en España?
Cinco años desde la fecha del vuelo, según AESA. El Reglamento no fija plazo y el TJUE (C-139/11) dijo que se aplica el plazo nacional; en España, el art. 1964.2 del Código Civil.
¿Qué vuelos están cubiertos?
Todos los que salen de un aeropuerto de la UE (incluidas Canarias y Baleares), Islandia, Noruega o Suiza, y los que llegan a la UE desde fuera si los opera una aerolínea comunitaria.
¿Me pagan si la aerolínea alega circunstancias extraordinarias?
No, si la aerolínea demuestra que eran extraordinarias e inevitables (art. 5.3), como la meteorología adversa o decisiones del control aéreo. Pero la mayoría de averías técnicas y las huelgas del propio personal no lo son, según el TJUE.
Fuentes
- Reglamento (CE) n.º 261/2004 (EUR-Lex, texto en español)
- Tu Europa (Comisión Europea): derechos de los pasajeros aéreos
- AESA: preguntas frecuentes sobre derechos de los pasajeros
- Sede AESA: reclamaciones por cancelaciones, retrasos y denegación de embarque (vuelos desde el 02/06/2023)
- Código Civil, art. 1964.2 (BOE, texto consolidado)
- TJUE, asunto C-139/11, Cuadrench Moré (plazo: se aplica la ley nacional)
Consultadas el 30-09-2026. Si detectas un error, escríbenos (ver aviso legal).