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Vuelo cancelado: reembolso, vuelo alternativo y compensación

Actualizado el 30-09-2026

Si te avisan con menos de 14 días, puedes tener derecho a compensación, además del reembolso o de un vuelo alternativo.

Qué te corresponde

Si te cancelan el vuelo, la aerolínea debe ofrecerte elegir entre el reembolso, un transporte alternativo lo antes posible o un transporte alternativo en una fecha posterior que te convenga (art. 8). El reembolso en bono requiere tu aceptación expresa, recuerda AESA.

Además, hay compensación salvo que (art. 5.1.c y Tu Europa):

  • te informaran con más de 14 días de antelación;
  • te informaran entre 14 y 7 días antes y te ofrecieran un vuelo que saliera como mucho 2 h antes y llegara menos de 4 h después de lo previsto;
  • te informaran con menos de 7 días y te ofrecieran un vuelo que saliera como mucho 1 h antes y llegara menos de 2 h después;
  • o la aerolínea demuestre circunstancias extraordinarias.

La aerolínea tiene que probar que te informó y cuándo. Un adelanto de la salida de más de una hora se considera cancelación, según Tu Europa.

Importes del artículo 7 del Reglamento (CE) 261/2004 (por pasajero) y reducción del 50 % del artículo 7.2.
Distancia del vueloImporte50 % si el vuelo alternativo llega con un retraso de no más de…
Hasta 1.500 km250 €2 h → 125 €
Más de 1.500 km dentro de la UE, o entre 1.500 y 3.500 km400 €3 h → 200 €
Resto (más de 3.500 km, no intracomunitario)600 €4 h → 300 €

Asistencia mientras esperas

Mientras esperas el vuelo alternativo, la aerolínea debe darte comida y bebida, dos comunicaciones y, si hace falta pasar la noche, hotel y traslados. Si no te lo ofrece y lo pagas tú, guarda los tiques: debe reembolsarte los gastos necesarios, razonables y adecuados (Tu Europa).

Cuándo no hay compensación

La aerolínea no paga compensación si demuestra que el problema se debió a circunstancias extraordinarias que no podrían haberse evitado aunque se hubieran tomado todas las medidas razonables (art. 5.3 del Reglamento). La prueba le corresponde a ella. Según la Comisión Europea, son ejemplos las decisiones de gestión del tráfico aéreo, la inestabilidad política, la meteorología adversa y los riesgos para la seguridad. No lo son, en general, la mayoría de los problemas técnicos detectados en el mantenimiento (TJUE, C-549/07) ni las huelgas del propio personal de la aerolínea (TJUE, C-28/20).

Aunque haya circunstancias extraordinarias, sigues teniendo derecho a la asistencia (comida, bebida, hotel si hace falta y comunicaciones), según AESA.

Calcula cuánto te corresponde

Orientativa y gratuita. Aplica el Reglamento (CE) 261/2004 y la jurisprudencia del TJUE. No guarda ni envía tus datos: todo se calcula en tu navegador.

1. Ruta

Con escalas en una sola reserva, pon el primer aeropuerto de salida y el destino final. ¿No encuentras tu aeropuerto? Indica la distancia:

2. ¿Qué pasó?
3. Retraso en la llegada al destino final

Cuenta la hora de apertura de puertas en el destino final, no la de salida.

3. ¿Con cuánta antelación te avisaron?
4. ¿Te ofrecieron un vuelo alternativo?
¿Te presentaste voluntario para ceder tu plaza?
¿La aerolínea alegó circunstancias extraordinarias?

Rellena la ruta para ver el resultado.

Puedes reclamar gratis tú mismo

Primero a la aerolínea (tienes 5 años en España). Si no responde en 1 mes o no te convence, a AESA, gratis y con decisión vinculante para la aerolínea en vuelos desde el 02/06/2023. Si el vuelo no salía de España, la autoridad es la del país de salida.

AESA: inicia tu reclamación · Tu Europa (UE) · Reg. 261/2004 (EUR-Lex)

Cómo reclamar gratis, paso a paso

O que lo tramite AirHelp

Se encargan ellos de todo. Si no ganan, no pagas; si ganan, se quedan el 35 % (IVA incl.), o un 50 % si hace falta ir a juicio.

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Guías por aerolínea

Preguntas frecuentes

¿Me corresponde compensación si me avisaron con dos semanas?

No, si te informaron con más de 14 días de antelación. Entre 14 y 7 días, o con menos de 7 días, depende del horario del vuelo alternativo que te ofrecieran (art. 5.1.c).

¿Puedo pedir el reembolso y también la compensación?

Sí. El reembolso (o el vuelo alternativo) y la compensación son derechos distintos; la compensación depende de la antelación del aviso y de si hubo circunstancias extraordinarias.

¿Estoy obligado a aceptar un bono?

No. AESA indica que el reembolso en bono requiere tu aceptación expresa; puedes exigirlo en dinero.

¿Cuándo se reduce la compensación a la mitad?

Cuando la aerolínea te ofrece un vuelo alternativo que llega con un retraso de no más de 2 h (vuelos de hasta 1.500 km), 3 h (1.500 a 3.500 km o intracomunitarios) o 4 h (resto), según el art. 7.2.

Fuentes

Consultadas el 30-09-2026. Si detectas un error, escríbenos (ver aviso legal).