Retraso de LEVEL: indemnización de 250 a 600 € y cómo reclamar
Actualizado el 30-09-2026 · Basado en el Reglamento (CE) 261/2004, AESA y la Comisión Europea
Si llegas a tu destino final con 3 horas o más de retraso, puedes tener derecho a 250, 400 o 600 €.
LEVEL: datos que importan para reclamar
| Código IATA | LL |
|---|---|
| País de la licencia | España |
| Grupo | IAG |
| Base principal | Barcelona-El Prat |
| Vuelos que salen de España | Cubiertos Sí: el Reglamento se aplica a todos los vuelos que salen de un aeropuerto de la UE, sea cual sea la aerolínea. |
| Vuelos que llegan a España desde fuera de la UE | Cubiertos Sí: LEVEL es una aerolínea comunitaria, así que también están cubiertos sus vuelos que llegan a España desde fuera de la UE. |
Opera largo radio desde Barcelona a América: vuelos de más de 3.500 km, donde el importe puede ser de 600 €.
- LEVEL obtuvo su propio certificado de operador aéreo en diciembre de 2024 y desde el 1 de diciembre de 2025 opera como aerolínea independiente con código LL. Comprueba en tu tarjeta de embarque qué compañía operó tu vuelo.
Cuándo te corresponde compensación por retraso
El Reglamento (CE) 261/2004 no fijaba compensación por retraso, pero el Tribunal de Justicia de la UE (sentencia Sturgeon, asuntos C-402/07 y C-432/07) la reconoció cuando el pasajero llega a su destino final con 3 horas o más de retraso. Cuenta la hora de llegada, no la de salida, y AESA precisa que es el momento en que se abre al menos una de las puertas del avión (TJUE, C-452/13).
| Distancia | Retraso en la llegada | Importe |
|---|---|---|
| Hasta 1.500 km | 3 h o más | 250 € |
| Más de 1.500 km dentro de la UE, o entre 1.500 y 3.500 km | 3 h o más | 400 € |
| Más de 3.500 km (vuelos entre la UE y un país de fuera) | entre 3 y 4 h | 300 € |
| Más de 3.500 km (vuelos entre la UE y un país de fuera) | 4 h o más | 600 € |
En vuelos con conexión comprados en una sola reserva, el retraso se mide en el destino final y la distancia se calcula hasta ese destino (TJUE, C-11/11). La distancia se calcula por el método de la ruta ortodrómica (círculo máximo), según el art. 7.4.
Qué hacer si la aerolínea alega una causa ajena
La aerolínea no paga compensación si demuestra que el problema se debió a circunstancias extraordinarias que no podrían haberse evitado aunque se hubieran tomado todas las medidas razonables (art. 5.3 del Reglamento). La prueba le corresponde a ella. Según la Comisión Europea, son ejemplos las decisiones de gestión del tráfico aéreo, la inestabilidad política, la meteorología adversa y los riesgos para la seguridad. No lo son, en general, la mayoría de los problemas técnicos detectados en el mantenimiento (TJUE, C-549/07) ni las huelgas del propio personal de la aerolínea (TJUE, C-28/20).
Aunque haya circunstancias extraordinarias, sigues teniendo derecho a la asistencia (comida, bebida, hotel si hace falta y comunicaciones), según AESA.
Tus otros derechos
Según la Comisión Europea, si la salida se retrasa tienes derecho a comida y bebida y a dos comunicaciones: a partir de 2 h en vuelos de hasta 1.500 km, 3 h en vuelos intracomunitarios de más de 1.500 km y en otros de 1.500 a 3.000 km, y 4 h en el resto. Si la nueva salida es al día siguiente, también hotel y traslados. Con un retraso de 5 horas o más en la salida puedes renunciar al viaje y pedir el reembolso del billete.
Cómo reclamar a LEVEL
- Reúne pruebas: tarjeta de embarque o reserva, fotos de las pantallas del aeropuerto, comunicaciones de LEVEL (correos, SMS) y tiques de gastos.
- Reclama a LEVEL por su canal oficial (sección de atención al cliente o reclamaciones de su web oficial). Si no hay formulario, usa el modelo de AESA. Guarda el justificante.
- Si no responde en 1 mes o la respuesta no te convence, reclama gratis ante AESA (vuelos que salen de España, o que llegan a España con aerolínea comunitaria). Tienes un año desde tu reclamación a LEVEL.
Plazo general en España: 5 años desde el vuelo para reclamar a la aerolínea.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto me paga LEVEL por un retraso?
Lo mismo que cualquier aerolínea sujeta al Reglamento 261/2004: 250 € (hasta 1.500 km), 400 € (más de 1.500 km dentro de la UE o entre 1.500 y 3.500 km) o 600 € (más de 3.500 km fuera de la UE), si se cumplen las condiciones. No depende del precio del billete.
¿El Reglamento europeo cubre mis vuelos con LEVEL?
Sí: el Reglamento se aplica a todos los vuelos que salen de un aeropuerto de la UE, sea cual sea la aerolínea. Vuelos que llegan a España desde fuera de la UE: Sí: LEVEL es una aerolínea comunitaria, así que también están cubiertos sus vuelos que llegan a España desde fuera de la UE.
¿Dónde reclamo a LEVEL?
Primero, por el canal oficial de LEVEL. Si no responde en un mes o no te satisface, y el vuelo salía de España (o llegaba a España con aerolínea comunitaria), puedes reclamar gratis ante AESA en el plazo de un año desde tu reclamación.
¿Desde cuántas horas de retraso hay compensación?
Desde 3 horas de retraso en la llegada al destino final, salvo circunstancias extraordinarias. Lo confirma AESA en sus preguntas frecuentes, siguiendo la jurisprudencia del TJUE (Sturgeon).
¿Cuenta la hora de salida o la de llegada?
La de llegada. AESA indica que es la hora de apertura de, al menos, una de las puertas del avión.
Si perdí la conexión por el retraso del primer vuelo, ¿cómo se calcula?
Si ambos vuelos estaban en una única reserva, cuenta el retraso con el que llegas al destino final y la distancia total hasta ese destino (TJUE, C-11/11).
Otras incidencias con LEVEL
Retraso en otras aerolíneas
- Ryanair
- Vueling
- Iberia
- Iberia Express
- Air Europa
- easyJet
- Binter
- Volotea
- Wizz Air
- TAP Air Portugal
- Lufthansa
- Air France
- KLM
- Jet2
- TUI (TUI Airways, TUI fly)
- Norwegian
- Transavia
- Evelop (Iberojet)
- Air Nostrum
- Eurowings
- ITA Airways
- SWISS
- British Airways
- Aer Lingus
- Canaryfly
Fuentes
- Tu Europa (Comisión Europea): derechos de los pasajeros aéreos
- Reglamento (CE) n.º 261/2004 (EUR-Lex, texto en español)
- TJUE, asuntos C-402/07 y C-432/07, Sturgeon (retraso de 3 h o más)
- TJUE, asunto C-452/13, Germanwings (hora de llegada = apertura de puertas)
- TJUE, asunto C-11/11, Folkerts (vuelos con conexión: cuenta el retraso en el destino final)
- AESA: preguntas frecuentes sobre derechos de los pasajeros
- Sede AESA: reclamaciones por cancelaciones, retrasos y denegación de embarque (vuelos desde el 02/06/2023)
Consultadas el 30-09-2026. Si detectas un error, escríbenos (ver aviso legal).